19/01/2009

Se amplía la obligatoriedad de disponer de certificado de eficiencia energética

El Gobierno ampliará la obligatoriedad de disponer de un certificado de eficiencia energética a todos los edificios existentes cuando se vendan o alquilen. El Ministerio de Industria ya está preparando el proyecto de Real Decreto que modificará el actual y será más exigente.


Hasta el momento, el RD 47/2007 afecta sólo a los edificios de nueva construcción y a los edificios existentes que sufran modificaciones, reformas o rehabilitaciones. Con la nueva normativa se exigirá que al comprar o alquilar un edificio, ha de ponerse a disposición de los compradores o usuarios el certificado de eficiencia energética.

En cualquier caso, será obligatorio que cualquier edificio que posea una instalación centralizada con una potencia nominal térmica en generación de calor y frío mayor de 400 kw disponga de este certificado en unos plazos de tiempo determinados.

Por otro lado, se establecerá un procedimiento básico de certificación energética de edificios existentes y se exigirá también que todos los edificios nuevos de la Administración General del Estado alcancen una alta calificación energética.

Con estas modificaciones se pretenden alcanzar los objetivos de reducción del consumo final de energía perseguidos por la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo. El nuevo Real Decreto forma parte del Plan de Ahorro Energético 2008-2012.




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